Puede haber desde castigos por extemporaneidad hasta el embargo de bienes por parte de la Dian.

El miércoles 21 de octubre venció el plazo para que las personas naturales hicieran su declaración de renta del 2020, sobre sus ingresos del 2019.
Se estima que unos 3,5 millones de colombianos estaban llamados a cumplir con esta obligación; sin embargo, no todos, por múltiples razones, lo hacen, y asumen riesgos que van desde el pago de sanciones extemporáneas hasta el embargo de bienes inmuebles por parte de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Accasoft ERP te muestra algunas consecuencias de no declarar renta:
- Tenga presente que si no hizo el pago del impuesto dentro de las fechas establecidas por el Gobierno, tendrá que asumir una sanción cuyo costo varía entre el 5 y el 10 por ciento del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de mes de retraso. Es decir que así presente uno la declaración un día después de la fecha límite, hay que pagar esta sanción.
- El pago extemporáneo genera intereses de mora entre la fecha establecida para pagar y la del momento del pago. Estos intereses se liquidarán a la tasa de usura fijada por la Superfinanciera menos dos puntos, por cada día que se demore en hacer el pago del impuesto, calculado sobre el valor del impuesto que no haya pagado.
- Si usted llena los requisitos para declarar renta y no lo hace, ni siquiera de forma extemporánea, la sanción podría llegar a ser el mayor valor entre el 20 por ciento de sus ingresos brutos o del valor de las consignaciones bancarias de la declaración no presentada, y el 20 por ciento de sus ingresos brutos reportados en la última declaración de renta presentada.
La sanción mínima definida para quienes presenten su declaración fuera de los plazos establecidos es de 356.000 pesos.
